Tacógrafo en furgonetas a partir del 1 de julio de 2026: obligaciones, exenciones y sanciones
A partir del 1 de julio de 2026, las furgonetas con una masa máxima autorizada entre 2,5 y 3,5 toneladas dedicadas al transporte internacional de merc...
A partir del 1 de julio de 2026, las furgonetas con una masa máxima autorizada entre 2,5 y 3,5 toneladas dedicadas al transporte internacional de mercancías por cuenta ajena y al cabotaje deberán instalar un tacógrafo inteligente de segunda generación (Smart Tacho G2V2). Las exenciones se aplican a artesanos (en un radio de 100 km de la base) y al transporte por cuenta propia, siempre que la conducción no sea la actividad principal del conductor. Las multas oscilan entre 58 € (Malta) y 30 000 € (Francia), con posible inmovilización del vehículo.