Las autoridades españolas han endurecido los requisitos para autocaravanas y campers debido al aumento de su número (de 48.000 a casi 137.000 unidades) y a las infracciones de las normas de aparcamiento y contaminación.
Inspección Técnica (ITV)
Según la instrucción DGT PROT 2026/04, las autocaravanas (categoría M) de menos de 4 años están exentas de ITV; de 4 a 10 años, inspección cada dos años; después de 10 años, anualmente. Para las campers sobre furgonetas (categoría N), las normas son más estrictas: hasta 10 años – inspección anual; después de 10 años – cada seis meses.
Aparcamiento y pernocta
Las autocaravanas pueden estacionar en aparcamientos ordinarios solo si respetan las marcas viales y no utilizan equipamiento exterior. Está prohibido sacar mesas, sillas, toldos y cocinar en el exterior. La pernocta fuera de campings cerca de playas está prohibida: 100 m en zona rural, 20 m en ciudades. Las multas por estacionamiento ilegal (con ampliación del perímetro, montaje de toldo, etc.) pueden alcanzar los 5.000 euros, especialmente en parques nacionales o al verter líquidos contaminantes. Según otra fuente, las sanciones por pernocta fuera de campings oscilan entre 2.000 y 6.000 coronas suecas, y es posible la confiscación del vehículo.
Nuevas señales
Se ha introducido la señal de tráfico S-128, que indica los puntos oficiales de vaciado de aguas grises.