A partir del 1 de octubre de 2026, la reforma del Reglamento General de Circulación establece condiciones para el estacionamiento de autocaravanas y furgonetas acondicionadas como vivienda. Los vehículos deberán permanecer dentro del perímetro, apoyados sobre sus neumáticos y sin verter fluidos procedentes del habitáculo. Se permite el uso de calzos o cuñas de seguridad. Los ayuntamientos podrán regular su uso en las calles de cada municipio.