Las autoridades españolas han precisado las normas de aparcamiento y acampada para autocaravanas en calles y carreteras para evitar la discriminación frente a los turismos. Una autocaravana no puede ser impedida de aparcar donde puedan hacerlo otros vehículos del mismo tamaño; normalmente no se permiten señales que prohíban las autocaravanas, pero pueden establecerse limitaciones de altura u otros obstáculos aplicables a todos los vehículos del mismo tamaño. Al aparcar, está prohibido sacar sillas, desplegar el toldo, bajar los apoyos o abrir las ventanillas laterales: eso se considera acampada. Las nuevas normas entran en vigor el 1 de octubre de 2026, aunque su aplicación queda a discreción de cada agente de policía.