La Dirección General de Tráfico (DGT) de España ha publicado la instrucción PROT 2026/04, que unifica las reglas para pasar la ITV en furgonetas transformadas en vivienda. El documento no introduce nuevos impuestos ni una inspección separada para campers, sino que aclara que la periodicidad de la ITV depende de la categoría del vehículo indicada en la ficha técnica.
Si una camper está clasificada como autocaravana (categoría M1), pasa la ITV como un turismo: la primera vez a los 4 años, luego cada 2 años hasta los 10, y después anualmente. Si está registrada como furgón vivienda (categoría N1), el calendario es más estricto: primera ITV a los 2 años, luego cada 2 años hasta los 6, anualmente hasta los 10, y después cada 6 meses.
La conclusión clave: dos campers aparentemente idénticas pueden tener diferentes calendarios de ITV según el registro en la ficha técnica, lo que afecta a los costes y a la planificación del mantenimiento. Según otras fuentes, el cambio se basa en una sentencia del Tribunal Supremo de 2018, que también permite a los ayuntamientos limitar el tiempo de estacionamiento y prohibir la pernoctación de estos vehículos en las calles urbanas.