Importación temporal de vehículos a Antigua y Barbuda
El visado y el vehículo son derechos distintos: a la persona y al coche les fijan plazos organismos diferentes, y no tienen por qué coincidir.
- Plazo máximo
- 180
- Cómo se cuenta el plazo
- por entrada
- Carnet de Passages
- No obligatorio
- Prórroga
- Posible
La página sobre la exención de derechos emplea los términos «visitor» y «private motor car or motor cycle»; en los textos aduaneros y legales citados no se encontró un límite turístico separado en función del peso.
«Visitante» y «propietario» designan a toda persona residente temporalmente en Antigua y Barbuda por un periodo no superior a seis meses consecutivos. ... 3. No obstante lo dispuesto en el artículo 3 de la Customs Duties Act, todo vehículo quedará exento del pago de derechos si se exporta dentro de los seis meses siguientes a la fecha de importación a Antigua y Barbuda, siempre que el propietario constituya una garantía (bond) en la forma y por el importe que determine el Comptroller of Customs... 6. El propietario deberá notificar de inmediato al Comptroller of Customs si el vehículo permanece en Antigua y Barbuda más de seis meses, y todos los derechos previstos en la Customs Duties Act serán exigibles de inmediato; no obstante, el Comptroller of Customs podrá, a su discreción, prorrogar ese plazo de seis meses por un breve periodo adicional cuando las condiciones del transporte marítimo hagan equitativa tal prórroga. [Se exige una garantía ante el Comptroller of Customs; la ley no menciona el carné de paso por aduana.]
Fuente: laws.gov.ag
Importación de vehículos a otros países
Datos de referencia, no asesoramiento legal. Las normas cambian sin aviso — confírmelo en el consulado o en la frontera.